VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Una vez admitida totalmente las acusaciones, así como los medios de prueba, presentados por la Representación del Ministerio Público y vista la admisión de los hechos realizada por el Ciudadano Jesús Manuel Manrique González, de nacionalidad Venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 16.625.054, desconoce su fecha de nacimiento, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pescador y residenciado en Porlamar, cerca de El Faro, Invasión La Coromoto, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, este Juzgado procedió a declararlo Culpable, por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el .....