En virtud de los razonamientos expresados, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE, para seguir conociendo el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con solicitud de Amparo cautelar, intentado por los ciudadanos EMILCE ESTHER AREVALO de ANGULO y JONATHAN ALBERTO ANGULO AREVALO contra LA SUPERINTENDENCIA DE ARRENDAMIENTOS DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, en consecuencia, declina la competencia a favor del Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Se deja expresa constancia que una vez conste en autos la notificación de los recurrentes comenzará a correr el lapso de cinco (05) días de despacho para solicitar la Regulaci.....