Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Yamille Rodríguez Lárez, Defensora Pública Undécima Penal, adscrita a la Defensa Pública Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de febrero de 2010, por la Jueza de Primera Instancia en Función de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos MANFER JOSÉ RIVAS VÁSQUEZ, AMILCAR JOSÉ SUÁREZ AGUILERA Y WIDER JOSÉ RANGEL VELÁSQUEZ, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 1 y 2, ordinal 3 de la Ley Orgánica contra el Robo y Hurto de Vehículo, ello.....