En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Extemporáneo, el recurso de hecho interpuesto en fecha 11-01-2008 por los ciudadanos René Eligio Cazorla y Therbella Raymondi de Cazorla, actuando en su condición de citados en saneamiento, asistidos por el abogado en ejercicio Víctor Marcano Meneses, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.835, contra el auto dictado en fecha 06-12-2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta que ordenó oír en un solo efecto el recurso de apelación ejercido contra la decisión de fecha 16-07-2007 dictada por el mencionado Juzgado.
Segundo: Se ordena remitir las presentes actuacion.....