En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), incoada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA INTEGRAL MARGARITA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 21-09-1995, bajo el Nº 76, Tomo 3-A Quinto, posteriormente inscrita por ante Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 29-06-2004, bajo el Nº 29, Tomo 18-A., contra el ciudadano BENIGNO ARMAS IGLESIAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.964.899.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la notificación a las partes del contenido de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento .....