VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: : PRIMERO: Se Niega la Solicitud de Entrega del Vehículo Clase: Camioneta, Marca: Daihatsu, Modelo: Terios, Tipo: Sport Wagon, año: 2006, Color: Blanco, Puestos: 5, serial de carrocería: 8XAJ102G069505760, Serial de Motor: 4 CIL, Placa: OAK72S, Tara: 1080, de Uso: Particular, Servicio: Privado, realizada por la Ciudadana Marjorie Delgado Pico, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.387.146, en su condición de solicitante, quien se encuentra debidamente asistida por el profesional del Derecho, Abogado Raimundo Gregorio Aguilera Gómez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 39.172, ello en virtud de no cumplirse con los requisitos de Ley, conforme a lo estab.....