Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, seguido a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, y DECLARA extinguida la Acción Penal, en beneficio de los mismos, conforme a lo establecido en los artículos 561 literal d, y 615 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 ordinal 3º, 44 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Diarícese, Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes, líbrense los correspondientes oficios. CUMPLASE.