VII.- DECISION:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se admite a sustanciación la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RAMÓN ANTONIO CABRERA LEÓN, debidamente asistido por el abogado Gaspar Dubois Arismendi, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.761.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte presuntamente agraviante, Asociación Civil "SERVITOUR MARGARITA A.C.", en la persona de su Presidente, ciudadano CARLOS MALAVÉ, titular de la cédula de identidad N° V-6.466.152 y su Secretario de Organización, ciudadano JESÚS MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.369.631, con domicilio en la Oficina de Taxi del Hotel Wyndham Concorde, Edificio Wyndham Concorde, Avenida Ra.....