Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado ciudadano JOSEPH VICENTE PALACIOS GAMARRA, venezolano, natural de Calabozo, estado Guárico, nacido en fecha 26 de agosto de 1979, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.542.069, soltero, de oficio vendedor, con residencia en la Avenida Juan de Castellano, Casa s/n, a dos (02) cuadras del Supermercado Virgen de los Ángeles, Los Millanes, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, por el lapso de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, contados a partir de la fecha de la notificación del presente auto; debiendo cumplir las condiciones arriba indicadas. Todo de conformidad con los artículos 494, 495 y 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, ofíciese l.....