VI.- DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de RESOLUCION DE CONTRATO incoada por la ciudadana CARMEN DEL SOCORRO RESTREPO DE ROJAS en contra del ciudadano RAUL ANTONIO BERMUDEZ, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: NULO el auto de admisión de fecha 23.09.2016 (f. 16 y 17), emitido por la juez que para ese entonces se encontraba a cargo de este Juzgado, así como de todas las actuaciones realizadas con posterioridad al mismo.
TERCERO: No se impone de condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión dictada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Ins.....