PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JULIO CESAR OSTOS, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE MIGUEL DIAZ BELLO, parte demandada, en contra de la sentencia dictada el 9 de agosto de 2023, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia apelada dictada el 09-08-2023, de conformidad con el artículo 208 del Código de Procedimiento Civil, SE REPONE LA CAUSA al estado de que los expertos grafotécnicos designados practiquen la prueba de experticia promovida por la parte demandante y una vez obtenido el informe pericial el tribunal a quien corresponda conocer proceda de manera inmediata a sentenciar la presente causa.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: NOTIFIQUESE a las partes de la presente decisión por haberse dictado el fallo .....