Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Luís Gregorio Pérez Suárez, de nacionalidad Venezolana, natural del Tigre, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 03-05-1974, de 31 años de edad, soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.560.840, residenciado en la siguiente dirección: Sector el Poblado, Calle Caracas, casa S/N, de color azul, cerca del festejo Germán, Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, se condeno al Ciudadano Gregorio Pérez Suárez a cumplir la pena de (Tres (03) meses y Diez (10) días prisión), por ser autor responsable del delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, por el hecho cometido en perjuicio de la empresa Senec.....