En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por el Dr. JESUS GARCIA ESPINOZA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.291, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "COMERCIAL ABOUHAMAD, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 06 de Agosto de 1.976, bajo el N° 1, Tomo 114-A, de este domicilio, parte demandante y el Dr. FRANCISCO VERDE ALDANA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.746, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "REPRESENTACIONES EL SOL, C.A. inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el 19 de Noviembre de 2.003, bajo el N° 80, Tomo 30-A, parte Demandada; de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de P.....