Esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana ROSY DELIS ROJAS PAEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad NºV-23.868.411, debidamente asistida por la Abogado MARIA CELESTE DE CASTRO, Defensora Pública Segunda de la Sección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Nueva Esparta, en beneficio de su hijo (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana ROSY DELIS ROJAS PAEZ antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo (IDENTIDAD OMITIDA)., acudan ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranj.....