Conforme a los razonamientos tanto de hecho como derechos previamente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 3, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Actuando de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 330 ordinales 2º y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió la Acusación presentada por el Fiscal Primero (A) del Ministerio Público en contra del acusado OMAR JOSE PEREZ SANCHEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 21 de Septiembre de 1979, de 27 años de edad, de profesión u oficio jardinero, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.005.482, domiciliado en la calle Libertad, casa Nº 17-28, cerca de la Biblioteca, El Copey, La Asunción, Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en e.....