Por todas las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado KAMIL SALMEN, antes identificado ejerciendo, la representación sin poder de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, de la sociedad mercantil CODEMAR, C.A, contra el fallo dictado en fecha 05 de Mayo de 2004, por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CONFIRMADO EL FALLO APELADO, en los términos expresados en esta decisión.
TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA PROPUESTA por la sociedad mercantil PLAZA SUITES I, Y SIN LUGAR LA TERCERIA ADHESIVA COADYUVANTE interpuesta po.....