Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Juzgado Mixto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano ANTONIO JOSE SALAZAR VALERIO, Venezolano Natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 18 de Marzo 1964, titular de la cedula de identidad 9.422.657, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la calle San Rafael al lado del Bar Mere cumbé, residencias Maria Caceres, de color azul y amarillo, Porlamar, Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, y a las acceso.....