Esta Jueza QUINTA de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, procede a AUTORIZAR a la ciudadana ROSA MAGDALENA CALZADILLA de SALAZAR venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número V-8.392.183, para que en nombre y representación de su hija, (Identidad omitida conforme lo previsto en el Art. 65 de la Lopnna), acuda ante el Registro Subalterno respectivo, y proceda a vender la CUOTA PARTE de los derechos de propiedad que le corresponden a la adolescente (Identidad omitida conforme lo previsto en el Art. 65 de la Lopnna), sobre un inmueble constituido por un terrero ubicado en el Barrio Salazar, frente a la Salina, en la ciudad de Juan Griego, Municipio Marcano, con una superficie de 15 metros con 75 cm de frente por 50 mts de fondo, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes .....