"En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos LUIS JOSE ROJAS AGUILERA y YELITZA PASTORA FRIAS, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.292.490 y 13.786.906 respectivamente, asistidos de la abogada MERCEDES ROJAS MAZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 209.141, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 10.12.2011 ante el Registrador Civil de la Parroquia Juarez, Municipio Iribarren del Estado Bolivariano, según consta de ac.....