Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia, y Medidas con Competencia en materia de delito de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA REPOSO DOMICILIARIO, a favor del ciudadano EDUARDO RAFAEL RIVAS ZANEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.127.122, que deberá cumplir en su domicilio, ubicado en la CALLE DOS, CASA SIN NUMERO, AL LADO DE UNA QUINTA, LAS COLINAS, MUNICIPIO DIAZ DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, POR UN LAPSO DE TREINTA (30) DIAS CONTINUOS, contados a partir del día DIECIOCHO (18) DE ABRIL DE DOS MIL DOCE (2012), venciendo dicho reposo en fecha DIECIOCHO (18) DE MAYO DE DOS MIL DOCE (2012), debiendo ser recluido nuevamente en la sede de la Comisaría de Porlamar- Los Cocos, al día siguiente de su vencimiento, salvo que su estado de salud amerite un nuevo reposo, pre.....