DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la presente demanda. En consecuencia RESUELTO EL CONTRATO, celebrado por la empresa CONJUNTO VACACIONAL CAMINO REAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal bajo el N° 50, Tomo 3-A-Pro del 03 de Julio del 1987, contra el ciudadano JOSÉ DE JESÚS ROJAS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.297.215, el mismo que quedó inscrito en el Registro Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha 10 de diciembre del 1993, bajo el N° 4, Folios 20 al 2.....