Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: declara CULPABLE al ciudadano LUIS LEONARDO SALAZAR MAGO, venezolano, natural de Maturín, estado Monagas, nacido en fecha 24 de Febrero de 1968, titular de la cedula de identidad Nº V-11.337.058 y residenciado en la Calle Capitán Alfonso, Casa Nº 22-44, Sector Achipano, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, y en consecuencia, se CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, prevista en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. SEGUNDO: Se exonera al ciudadano condenado al pago de costas procesales, de conformidad con el artículo 26 primer aparte de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Se mantien.....