En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano JESÙS DANIEL BOET BRITO, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 30-03-1.988, de Veinte (20) años de edad, titular de la cedula de identidad personal Nº V- 19.232.245, de profesión u oficio Pescador, domiciliado en los Cocos, calle Segunda transversal, casa Nº 2-20, de color azul, Municipio Mariño, del Estado Nueva Esparta, y se le condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo Tercer aparte del artículo 31 de la.....