IV.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedente expuestas, éste TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio que por EJECUCIÓN DE CONTRATO DE COMODATO, interpuso la abogada AMANDA GARCÍA MATA, Venezolana, mayor de edad, Titular de Cedula de Identidad N° V-24.438.553, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.113, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano MOHAMED SMAILI, antes identificado, contra la Sociedad Mercantil ZENA FASHION C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 25 de Septiembre de 2015, bajo el N° 9, Tomo 97-A, representa.....