Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; en consecuencia se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad.