En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por ciudadano MIGUEL ANGEL RANGEL, actuando en su condición de parte actora, asistido por el profesional del derecho JAIRO RAMÓN MARCANO HERNANDEZ, en contra del auto dictado en fecha 20 de julio de 2021, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado dictado por el referido Juzgado.
TERCERO: SE EXHORTA al abogado JAIRO RAMÓN MARCANO HERNANDEZ quien asistió al actor en la presente incidencia a que en atención a los lineamientos contemplados en los artículos 17 y los ordinales 2 y 3 del .....