y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LOLYMAR DEL VALLE VELASQUEZ FIGUEROA y PEDRO LEONCIO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.505.821 y V-10.199.021respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 28-05-1998 por ante el Registro Civil del Municipio García del Estado Nueva Esparta.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado
Nueva Esparta, En la Asunción, a los dieciséis (16) días del mes de Marzo del -2007.- Años 196º de la Independencia y 148º de la Federación.
Juez Unipersonal Nº 1 (SE)
Dra. Eudy Díaz Díaz
El Secretario Temporal
En la misma fecha, sie.....