VI.- Decisión
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la apelación ejercida por la abogada Daniela Tranquillini Serdoz, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil Mica Oriente, C.A., contra el auto de fecha 18-10-2006 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se revoca el auto de fecha 18-10-2006 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por haberse dictado en contravención del artículo 646 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,.....