En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana SONIA FRANCO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de San Antonio del Táchira, Estado Táchira y titular de la cédula de identidad número 9.131.732, contra el ciudadano EVARISTO DUARTE, colombiano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número E-82.232.507. En consecuencia se declara:
PRIMERO: Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Porlamar en fecha 10 de agosto de 2004, bajo el No. 21, tomo 67 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría.
SEGUNDO: Se acuerda el desalojo del inmueble objeto de la relación arrendaticia, constituido por el apartamento distinguido con la letra y número "B-52" ubicado del "CONJUNTO RESIDENCIAL VACACIONAL CRISTAL LAKE", el cual está situado en la Avenida Bolívar con calle L.....