DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados JESUS HERIBERTO VELASQUEZ RIVAS, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 18 de Junio de 1.981, de 22 años de edad, de oficio Obrero, soltero, residenciado en el Barrio Lucas Romero, casa S/N, de color verde, cerca de la Placita La Vecindad, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.037.752; JOSE ANTONIO MARQUEZ QUIJADA, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 01 de Septiembre de 1.983, de 21 años de edad, de oficio Obrero.....