ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA con las facultades que le confiere los artículos 646 y 647 especialmente literal e, Acuerda: Declara CON LUGAR lo solicitado por la Defensa, en consecuencia se modifica el lugar de cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida y en lo adelante lo hará el Adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por ante el equipo Multidisciplinario de esta sección de adolescentes. Ofíciese al Centro de Atención Comunitaria de Porlamar, informándole lo aquí decidido. Termino, se leyó y conformes firman, siendo las una y diez (01:10) horas de la tarde se da por concluida la Audiencia. Es todo, terminó, se leyó y en señal de conformidad firman