...En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ZULEIDA BEATRIZ BRITO MARÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 4.497.327, con domicilio procesal, en la Urbanización "Mónico Romero", calle Paraíso, casa 10, el cercado, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, debidamente asistida por la abogada MARGARITA MARLENE NASSANE B.,inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.339, del mencionado domicilio, contra el Director y Jefa de los Servicios de Enfermería del Hospital Central Luís Ortega de Porlamar, por haber cesado la violación de los derechos constitucionales invocados por la accionante, como conculcados de.....