Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 30-11-2017, fecha en que fue presentada la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 UT), la cual para ese momento era de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 220.000.000,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en la demanda presentada, equivale a la cantidad de SETECIENTAS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES UNIDADES TRIBUTARIAS (733.333,33 U.T.), monto éste que –conforme a lo señalado – permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 11-02-2020 (f. 129, 2ª pieza) por el abogado.....