Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE acusado JOSE RAFAEL CAMEJO, titular de la cedula V-6.999.051, fecha de nacimiento 18-11-1968, nacido Caracas, Distrito Capital, Padre José Rafael Pereira (f), su madre Ana Gertrudis Camejo (f), domiciliado en el Sector Cotoperiz, cera de la Escuela, en la Fuente, Calle Nº 3, casa S/N, Municipio García, estado Nueva Esparta, por ser autor y responsable de la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley de orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en agravio de la Ciudadana MARIBEL COROMOTO SALAS, a cumplir la pena en definitiva OCHO (8) MESES DE .....