IV
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento, único: absuelve a la ciudadana Monaliza Mohamed Elneser Sabra, venezolana, natural de Brasil, nacida en fecha 20 de septiembre de 1969, de 35 años de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad nro. 13.192.770, residenciada en la Urbanización Jorge Coll, calle Dámaso Villalba, casa sin número, Pampatar, Municipio Maneiro, estado Nueva Esparta, en la comisión del delito de apropiación indebida calificada continuada y simulación de hecho punible, previstos y sancionados en los artículos 470, en relación con el artículo 99 y 240, todos del Código Penal. Se ordena la cesación de las medidas cautelares impuestas a la ciudadana Monaliza Elneser Sabra, conforme a lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. No.....