IV. DISPOSITIVA
En mérito de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, PLANTEA CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, solicitándose de oficio la Regulación de Competencia, remitiendo para ello el presente asunto a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que decida lo conducente. Así se establece.
DÉJESE COPIA CERTIFICADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano .....