Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 14-03-2019, fecha en que fue presentada la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 UT), la cual para ese momento era de DIECISIETE BOLIVARES (Bs. 17,00) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de CATORCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 14.000.000,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en la demanda presentada, equivale a la cantidad de OCHOCIENTAS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON CUARENTA Y UNA UNIDADES TRIBUTARIAS (823.529,41 U.T.)., monto éste que –conforme a lo señalado – permite con creces el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fechas 20-02-2020 (f. 135) por el abogado JULIO CÉSAR OSTOS .....