PRIMERO: Se decreta la LIBERTAD del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, toda vez que estamos en presenciad e un adolescente consumidor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de lo cual se ordena librar la respectiva Boleta de Libertad y los oficios correspondientes. SEGUNDO: Se acuerda practicarle al adolescente, los exámenesMédicos,Psiquiátricos,Psicológicos forenses, en su condición de consumidor, a los fines de verificar si es consumidor primario o si es fármaco dependiente, de conformidad con el artículo 105 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cuyo efecto se designa a un Experto forense de la especialidad médica, psiquiátrica, psicológica, evaluaciones éstas que deberán ser practicadas en el Departamento de Medicatura Forense del Hospital Luis Ortega, ubicado en el Hospital Luis Ortega de Porlamar, lo cual deberá realizarse el día MARTES CATORCE (14) DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS (2006) A LAS OCHO Y.....