III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por los ciudadanos MARLEYDA MARGARITA COLMENARES BLANCO y FRANK DE ARMAS ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro V-10.789.662 y V-24.105.372, respectivamente, domiciliada la primera en Caracas y representada por su apoderado judicial abogado GUSTAVO ADOLFO MORENO MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-2.800.748 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.073, según consta de poder otorgado por ante la Notaría Pública Décima Cuarta de Caracas Municipio Libertados, en fecha 06 de agosto del 2019, anotado bajo el Nº 22, tomo 63, folios 69 al 71, y el segundo asistido por el abogado GUSTAVO ADOLFO MORENO MEJIAS, antes identificado. SEGUNDO: DISUELTO el vinculo matrimon.....