En consecuencia, este Tribunal de la revisión de las actas que conforman el presente expediente observa que el domicilio conyugal fue establecido en la Calle Iginia Caraballo, Qta. Nro C8-B, urbanización Mundo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los efectos de dar cumplimiento a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Declina la Competencia en el Tribunal de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, para que siga conociendo de la causa Cúmplase.-