Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandada; y en consecuencia, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por DESARROLLOS TURISTICOS DEL CARIBE, C.A. (DETUDELCA) contra AQUASUIT, C.A. “REPORTER”, ambas ampliamente identificadas en este fallo, sobre los locales de comercio distinguidos con los números catorce (N° 14) y quince (N° 15), ubicados en el Centro Comercial CENTRUM, en áreas del Hotel Bella Vista, en Avenida Santiago Mariño, de la ciudad de Porlamar, Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta; el cual contrato de arrendamiento quedó autenticado ante la Notaría Pública de Porlamar, Municipio Mari.....