En virtud de lo anteriormente expuesto, en cumplimiento a la obligación que me impone el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, con el fin de garantizar a las partes litigantes de éste proceso, una justicia imparcial, objetiva y transparente, me INHIBO de seguir conociendo la presente causa.
Cabe destacar, que en el presente cuaderno separado de tacha no consta el poder que acredita la representación del referido abogado, ya que el mismo cursa en el cuaderno principal, el cual en los actuales momentos se encuentra en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de ésta Circunscripción Judicial en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandada, sin embargo, la representación de dicho apoderado se evidencia ampliamente en los diversos escritos y autos que conforman éste cuaderno separado. Asimismo, hago de su conocimiento que en fecha 19.09.2019, procedí a inhibirme de conocer el Cuaderno de Medidas aperturado en el juicio principal, el cual se enc.....