PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana DORA DEL VALLE JIMÉNEZ RAMOS, interpuesta por la ciudadana OREIBA DEL VALLE RAMOS HERNÁNDEZ, sobre el acta asentada en fecha 18.08.1986, bajo el N° 503, folio 1262 de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevado al efecto por ante la Jefatura Civil Luis Gómez hoy Registro Civil del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena corregir el error alegado en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee:" "OREIBA DEL VALLE RAMOS HERNÁNDEZ, de veintiocho años de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad N°. 9.303.826", debe decir: ..."OREIBA DEL VALLE RAMOS HERNÁNDEZ, de veintiocho años de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad N°. 9.303.827", que es como verdaderamente corresponde.
TERCERO: Se ordena participar mediante oficio al Registro Civil del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, como al Registrador Principal respectivo, con el objeto de q.....