DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, incoada por el ciudadano OCTAVIO GONZALEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.824.924, contra la ciudadana MARIA ALFONSO de GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.824.425.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la obligación de entregar el inmueble arrendado.
TERCERO: SIN LUGAR, el pago de la cantidad de Ciento Noventa y Cinco Mil Bolívares (Bs. 195.000,00), o Tres Mil Unidades Tributarias (3.000 U T.), por concepto de daños y perjuicios.
CUARTO: Se condena en costas al ciudadano OCTAVIO GONZALEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.824.924,, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimient.....