Por los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: DE OFICIO EN INTERÉS DE LA LEY DE LAS PARTES, LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva esparta, en fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil nueve (2009), por falta de motivación, de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 191, 195 y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ORDENA la celebración de una audiencia preliminar nueva, por un Juez distinto del mismo Circuito al que produjo la decisión, en el asunto seguido contra los ciudadanos CESAR DAVID BARRIOS MOROCOIMA, ALBERTO JOSÉ ROVERSI MONACO HERNÁNDEZ, FRANK JOSÉ ESTABA SALAZAR, JUAN CARLOS OTERO, REINIERO DAVID MONTIEL, HARRY RAFAEL GOMEZ NOGUERA, GERALDINE PENELOPE SERRANO CHACON, MAXIMILIANO JOSÉ MAT.....