Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DE LA MEDIDA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE CONDENA, CONSISTENTE EN EL REGIMEN ABIERTO O ESTABLECIMIENTO ABIERTO AL PENADO GILBERTO NICOLAS VELASQUEZ, venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 06 de diciembre de 1959, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.394.782, de oficio taxista, con residencia en el Sector La Comarca, calle Juan Pablo II, casa s/n, Municipio García del estado Nueva Esparta, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, por cuanto no se encuentran llenos los extremos de ley, contenido en el artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y al penado, ofíc.....