Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DE LA MEDIDA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE CONDENA, CONSISTENTE EN EL REGIMEN ABIERTO O ESTABLECIMIENTO ABIERTO AL PENADO HERICK JOSE MORENO MARIN, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.359.896, nacido en fecha 25 de octubre de 1977, de 29 años de edad, soltero, de oficio obrero, con residencia en la Calle Presente Quijada, casa s/n, al lado de una Beneficiadora de Pollos, Altagracia, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, por no estar llenos los extremos de ley, contenido en el artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, notifíq.....