DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: JUAN CARLOS CEDEÑO LEON, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido el 15-01-1.984, de 19 años de edad, de profesión u oficio Obrero de Autolavado, residenciado en la calle Principal de Pedregales, casa S/N, de color Morada y Rosada, cerca del Bar La Bajada, Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.325.803, de conformidad con el artículo 256 Ordinales 3°, 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, deberá cumplir con las obligaciones siguientes: 1).- Presentarse por ante la oficina del alguacilazgo cada (15) días.- 2).- No salir de la Jurisdicción del Esta.....