en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SE ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra de los acusados JHONFRANK JOSE MARCANO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 04 de julio de 1988, de 18 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.324.696, domiciliado en la calle La Mata, casa N° 8-25, de color verde, por el Comando de la Guardia de Los Cocos, Porlamar, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, Y FRANCISCO JOSE HERNANDEZ ROMERO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 04 de octubre de 1987, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, titular de la Cédula de Identidad N° 19.584.135, sin residencia fija, pero puede ser ubicado en la Calle Maneiro con callejón Mata, casa.....