Por los motivos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño García, Villalba, Tubores y Península de Macano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio realizada por los ciudadanos ANGELO JOSÉ BRITO EMPERADOR y FLOR MARÍA TORRES SALGADO, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.551.877 y V-15.787.651, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, en virtud del matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 03 de enero del año 1997.-
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del .....